Novedades: Viajar con animales

Procedimientos para viajar o enviar mascotas

 El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) es el organismo de la República Argentina encargado de controlar el trafico  federal de mascotas (perros, gatos y hurones) cuando viajen como carga o por separado del propietario, por intermedio de empresas de transporte aéreo y deban ser trasladados hacia el interior del país.

 
Requisitos para viajar
 
1.- Certificado de Salud (original y fotocopia) en el que constara la condición sanitaria satisfactoria del animal, (validez (10) diez diás) expedido por un profesional veterinario privado con matriculación nacional y/o provincial según  su lugar de residencia, ante las respectivas jurisdicciones geográficas del país y habilitados por lo tanto por las entidades colegiadas de la profesión veterinaria en la República Argentina. Para el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Profesional de Médicos Veterinarios y para la provincia de Buenos Aires ante el Colegio de Veterinarios de la provincia de Buenos Aires.
 
2.- Certificado de la vacunación antirrábica (original y fotocopia) para todo ejemplar canino o felino de 3 (tres) meses de edad o mas; (ley 22953) validez (1) un año. ( Formulario de constancia de vacunación antirrábica) solo serán admitidas aquellos formularios que estén avalados por los correspondientes consejos o colegios profesionales. Los profesionales veterinarios privados deberán administrar vacunas antirrábicas, en perros y gatos que cuenten con la aprobación de la Dirección ce Laboratorios y Control Técnico (Dilacot) del Senasa.
 
Procedimientos para el traslado
 
Pasos a seguir par solicitar la intervención del  Senasa  para el traslado de la mascota.
 
1. Comunicarse con la empresa Aérea  que realizará el traslado a los fines de obtener una reserva en la bodega, donde se indicará el día y el horario a presentarse para poder realzar el despacho.
 
2. Una vez realizada la reserva, comunicarse con la delegación de Senasa en aeroparque “Jorge Newbery”, al teléfono 4845.0017 de lunes a viernes de 09.00 a 17.00 horas,  desde un teléfono / fax, a los efectos de solicitar los formularios necesarios, para proceder al traslado de la mascota, que posteriormente deberán ser  completados y reenviados para su confirmación.
 
3. Una vez acordado con el personal de Senasa, día y hora, presentarse con la documentación en la oficina del Organismo dentro del Aeroparque.
 
Consideraciones comunes de interés
 
Más allá del desarrollo del procedimiento instrumentado por el Senasa para verificar el traslado de perros y gatos al interior del pais, cuyas pautas quedan establecidas en el presente trabajo agrupadas según requerimientos de las regionales, se formulan a continuación una serie de consideraciones que son comunes a todos las provincias y que es necesario tener siempre en cuenta.
 
Matriculación del profesional veterinario privado al que deba concurrir el usuario en cualquier región del país para cumplimentar pautas del procedimiento instrumentado por el Senasa:
 
Es imprescindible que estos profesionales estén matriculados ante las respectivas jurisdicciones geográficas del país y habilitados por lo tanto por las entidades colegiadas de la profesión veterinaria en la República Argentina.
 
Por consultas sobre las características y vigencia de esta matriculación en la Ciudad Autónoma o en la provincia de Buenos Aires podrán contactarse por vía telefónica a:
 
Consejo Profesional de Médicos Veterinarios:  4322 - 2494
 
Colegio de Veterinarios de la provincia de Buenos Aires:  0221 - 4232685
 
Formularios específicos o dispositivos para asentar determinadas prácticas veterinarias:
 
Aquellas prácticas veterinarias que deba certificar el profesional veterinario privado para su presentación por el usuario ante el Senasa, para las cuales la entidad en la que está matriculado el profesional tenga previsto el uso de formularios específicos o dispositivos ( por ejemplo el formulario de constancia de vacunación antirrábica) solo serán admitidas para su incorporación al  procedimiento cuando se encuentren asentadas en los  formularios específicos. 
 
Vacunas antirrábicas para su aplicación en perros y gatos:
 
Los profesionales veterinarios privados deberán administrar vacunas antirrábicas en perros y gatos que deban ser enviados al exterior, que cuenten con la aprobación de la Dirección ce Laboratorios y Control Técnico (Dilacot) del Senasa.
 
Por consultas comunicarse con la Coordinación de virología general, Departamento de rabia de la Dilacot, teléfono 4836 – 1112/4/6/7, Interno 112